Respuesta corta
Sí, es legal, pero caro. En Colombia, trabajar domingo tiene un recargo del 90% sobre el salario. Si tu negocio en domingo genera más de 90% de lo que pagas en salarios, conviene. Si no, es perjudicial.
Paso 1: Costo de la mano de obra el domingo
Según el Código Sustantivo del Trabajo, artículo 179:
- Trabajar domingo = salario ordinario + 90% extra
- No es lo mismo que "día de descanso remunerado"
- El 90% se paga aunque el empleado trabaje (no es opcional)
Ejemplo:
- Salario empleado: $1,320,557 (salario mínimo 2026)
- Costo domingo: $1,320,557 + 90% = $1,320,557 × 1.90 = $2,508,057
- Costo extra solo por trabajar domingo: $1,187,500
Paso 2: Agregar prestaciones sociales
No olvides que los beneficios aplican al salario TOTAL (incluido el recargo):
- Pensión: 12% de $2,508,057 = $300,966
- Salud: 8.5% de $2,508,057 = $213,184
- ARL + SENA/ICBF: ~5.4% de $2,508,057 = $135,435
- Total por empleado, domingo: ~$3,157,642
| Costo | Valor |
|---|---|
| Salario base | $1,320,557 |
| Recargo 90% domingo | $1,187,500 |
| Prestaciones sobre total | $649,585 |
| TOTAL | $3,157,642 por empleado |
Paso 3: Calcular ingresos necesarios
Para que abrir el domingo sea rentable:
- Ganancia mínima = Costo total de nómina × 1.5 (para cubrir otros costos: arriendo, servicios, insumos)
- Si tienes 2 empleados: $3,157,642 × 2 = $6,315,284 en costos
- Ingresos necesarios: $6,315,284 × 1.5 = $9,473,000 en ventas
Alternativa: Descanso compensatorio
No obligues a trabajar domingo. En su lugar:
- Paga día de descanso normal (sin recargo) el sábado o lunes
- El domingo paga salario normal (sin recargo 90%)
- Costo total: $1,320,557 (igual que cualquier día)
Esta es la opción más económica si tu negocio no genera mucho domingo.
¿Qué dice la ley sobre trabajo el domingo?
El Código Sustantivo del Trabajo, artículo 178 establece:
- Todo trabajador tiene derecho a descanso mínimo 1 día a la semana
- Preferentemente domingo
- Si trabaja domingo, debe ser remunerado + 90%
- No hay excepciones (restaurantes, hoteles, hospitales también pagan)
Fórmula rápida para decidir
Regla del 90%: Si tus ventas del domingo son mayor que 90% de tu nómina total del domingo, conviene abrir. Si no, no.
| Caso | Ventas domingo | Costo nómina | ¿Conviene? |
|---|---|---|---|
| Negocio de comidas | $15,000,000 | $6,315,284 | ✅ Sí (238%) |
| Tienda pequeña | $3,000,000 | $6,315,284 | ❌ No (48%) |
| Cafetería | $8,000,000 | $3,157,642 | ✅ Sí (253%) |
Próxima actualización: Julio 2027
El salario mínimo se actualiza cada enero. En 2027 será mayor, así que el recargo del 90% también será más caro. Recalcula cada año.
Fuentes citadas
- Código Sustantivo del Trabajo, artículos 162, 178, 179
- Decreto 2024 (Salario Mínimo 2026)
- Resoluciones DIAN sobre cálculo de prestaciones sociales